Santo Domingo (Rep. Dominicana).- La Dirección General de Migración (DGM) reiteró el apego a la legalidad, transparencia y ordenamiento jurídico en materia de residencias regido por la Ley No. 107-13 sobre procedimiento administrativo.
En un parte de prensa, aclaró que, hasta el momento, no se presenta ante la institución ningún caso concreto en el que se acredite una actuación contraria a los ordenamientos jurídicos en la materia y que sus decisiones administrativas se rigen estrictamente a las normas.
Dejó en claro que las solicitudes rechazadas por la institución responden a expedientes que no cumplen con los requisitos establecidos en la legislación dominicana.
“En estos casos, la DGM adoptó acciones administrativas basadas en criterios técnicos y legales definidos, desmintiendo que se trate de decisiones arbitrarias, sino de una aplicación rigurosa de las normas vigentes para regular la permanencia de extranjeros”, subrayó.
Citó entre las causas principales para la denegación de una residencia o permiso migratorio la ausencia del visado correspondiente, inconsistencias en la documentación presentada, la no presentación de antecedentes penales en el país de origen u otras jurisdicciones.
También el resultar positivo en pruebas toxicológicas que evidencien consumo de sustancias prohibidas y objeciones emitidas por organismos de seguridad del Estado.
Enfatizó que estos criterios no constituyen decisiones arbitrarias y responden a las normas vigentes establecidas para de regular la entrada y permanencia de ciudadanos extranjeros en el país.
Ordenamiento jurídico en materia de residencias
Migración indicó que, ante la alta frecuencia de documentos falsificados o adulterados presentados en expedientes, la institución reforzó los mecanismos de verificación.
Entre las irregularidades detectadas figuran visados falsos, pasaportes adulterados, apostillas falsificadas, certificaciones bancarias inexistentes y cartas laborales manipuladas.
Informó que estos y otros trámites para ciudadanos extranjeros se realizan cumpliendo las normas de la Ley General de Migración No. 285-04, su reglamento de aplicación y las disposiciones que regulan la permanencia legal de extranjeros en el país.


