viernes, septiembre 20, 2024
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Fiscalía apelará medidas de coerción impuestas a Tekashi

Santo Domingo (Rep. Dominicana).- El Ministerio Público apelará medidas de coerción impuestas al rapero estadounidense Daniel Hernández, mejor conocido como Tekashi o 6ix9ine, quien le imputan hechos de violencia de género e intrafamiliar.

La jueza Fátima Veloz, la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, impuso a Tekashi la presentación de una garantía económica de 30 mil pesos, en la modalidad de efectivo; impedimento de salida del país.

También presentación periódica los días 30 cada dos meses por ante el Ministerio Público investigador y la obligación de someterse a la vigilancia y cuidado del Centro Conductual para la Desarticulación de la Personalidad Violenta y asistir a las charlas que imparte dicho centro.

La juez, además, emitió una orden de protección recíproca a favor de las víctimas, donde se le prohíbe a Tekashi molestar, intimidar, asediar, hostigar o amenazarlas por cualquier vía, ya sea en persona, por teléfono, por mensajes de textos o de WhatsApp o cualquier otra aplicación similar, videollamadas, redes sociales o por intermedio de terceras personas.

La fiscal titular del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, dijo que procederán con la apelación de la decisión porque se realizó una aplicación errónea de la norma.

Dijo que la víctima corre peligro al no imponérsele al artista la medida privativa de libertad  solicitada por los hechos cometidos contra su pareja, la también cantante urbana Jorgina Guillermo Díaz, conocida como Yailín La Más Viral y su madre Wanda Díaz Núñez.

Indicó que Veloz vulneró el derecho de la víctima, Wanda Díaz Núñez a que se le escuche.

“Ella (la señora Wanda Díaz Núñez) presentó una constancia médica de que no podía estar presente y, solicitamos en virtud de este reglamento que se escuchara por la herramienta electrónica que el tribunal considerara pertinente y no lo acogió (la jueza), vulnerando el derecho de la víctima”, explicó la fiscal Ramos.

Según la fiscal, la jueza también permitió que abogados que, por disposición de la ley, no podían tener participación, lo hicieran de manera activa, demostrando una vulneración a los derechos de las partes.

Apelará medidas de coerción impuestas

Ramos atribuyó a la juzgadora ignorar la prueba de la llamada que realizó la señora Yailín al 9-1-1 pidiendo ayuda y que ignoró el peligro de fuga al ser Tekashi extranjero.

La fiscal también indicó que se ignoró la prueba aportada de un celular que se le ocupó al señor Tekashi en la celda, con el cual estaba amedrentando a los testigos y obstaculizando la investigación.

“Con esta libertad, la juez pone en peligro a la bebé de 10 meses de la víctima, a Yailín y a doña Wanda, así como a todos los testigos del proceso”, manifestó la representante del Ministerio Público.

El Ministerio Público recordó que la Ley No. 339-22 establece que “Excepcionalmente, en razón de la vulnerabilidad y los efectos de la revictimización de que son objeto las personas en casos de delitos sexuales, violencia intrafamiliar y de género, el juez o tribunal apoderado, podrá disponer a petición de la parte, por resolución motivada, la participación virtual de la víctima”.

Según la investigación del Ministerio Público, el imputado ha ejercido violencia verbal, física y psicológica contra las víctimas.

El caso ha recibido la calificación jurídica de violación a la Ley 24-97, artículos 309-1 y 309-2.

A Daniel Hernández lo arrestaron el pasado miércoles 17 de enero, bajo la orden judicial número emitida por la jueza Kenya Romero, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.

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