Una niña de 8 años sufrió quemaduras en varias partes de su cuerpo tras ser víctima de un ataque atroz en el sector Cancino Adentro, el pasado domingo 23 de marzo de 2025, en el municipio Santo Domingo Este en un solar baldío del sector, al que la condujo su agresora , otra menor de 14 años que reside en el mismo sector.
En el lugar la agresora roció con gasolina, que habría sacado de un motor, a la agredida para cometer el horripilante hecho de quemada viva.
Al verla en llamas, la victimaria intentó apagar el fuego sin éxito y la niña corrió hasta su casa, donde la socorrieron.
La víctima, que sufrió quemaduras graves en la cara y el cuerpo, por lo que la ingresaron en el Hospital Robert Reíd Cabral para recibir atenciones médicas donde se debate entre la vida y la muerte.
El artículo 223 párrafo I, de la ley 136-03 conocida como “el Código del Menor”, establece: “los niños y niñas menores de trece (13) años, en ningún caso son responsables penalmente, (por ningún tipo de delitos que cometan ), por lo tanto no lo pueden detener, ni privar de su libertad, ni sancionar por ninguna autoridad”. No importa la gravedad del delito cometido, aun haya matado a sus padres y a toda su familia.
El artículo 340 de la ley 136-03- establece que si un menor tiene entre trece (13) y quince (15) años de edad, cumplidos, al momento de la comisión del delito, sólo lo podrán condenar de uno (1) a tres (3) años de prisión, no importa la gravedad del delito cometido.
Sufrió quemaduras en varias partes
Y si el menor tuviere entre dieciséis (16) y dieciocho (18) años de edad cumplidos, al momento de la comisión del delito, sólo lo podrán condenar de uno (1) a cinco (5) años de prisión, no importa la gravedad del hecho, lo que les proporciona una licencia para matar sin sanción ejemplar.
Como medida de coerción, la prisión sólo puede tener una duración máxima de 4 meses, sin importar que haya hecho el menor.
El Código de Menor prohíbe inclusive la cobertura televisiva de cualquier proceso donde haya un menor, poner una fotografía de él, publicar nada del nombre del menor inclusive excedió a tal nivel, que cuando un policía agarra a un menor preso por algo que hizo, tiene que presentarlo inmediatamente ante el juez de menores, que eso a veces es imposible, y si el policía no lo presenta ya le está violentando su derecho y pueden sancionar al policía».
Estas penas solo se cumplirán cuando la sentencia adquiera la condición de irrevocable en última instancia, solo si estos cometieron solamente los delitos de a) Homicidio; b) Lesiones físicas permanentes; c) Violación y agresión sexual; d) Robo agravado; e) Secuestro; f) Venta y distribución de drogas narcóticas; y, g) Las infracciones a la ley penal vigente que sean sancionadas con penas de reclusión mayores de cinco (5) años.
Fuera de estos casos no lo pueden condenar, mientras que el artículo 341 de la misma ley dispone que al cumplimiento de la mitad de la pena impuesta al menor condenado, el juez de ejecución deberá revisar de oficio o a solicitud de parte, la posibilidad de sustituir esta sanción por otra más leve, lo que también se traduce en impunidad.
Sufrió quemaduras en varias partes
Esa impunidad solo ocurre en esta caricatura de país ya que, en los Estados Unidos, antes de que fuera abolida la pena de muerte en el año 2005, habían ejecutado a 22 menores de edad que eran varones, 21 de ellos tenían 17 años cuando cometieron el crimen.
Hasta el momento de la decisión del caso Roper vs. Simmons , en el año 2005, había 71 menores delincuentes en el corredor de la muerte en espera de su ejecución: 13 en Alabama ; cuatro en Arizona ; cuatro en Carolina del Norte ; tres en Carolina del Sur ; tres en Florida ; dos en Georgia ; cuatro en Luisiana; cinco en Misisipi ; uno en Nevada; dos en Pensilvania; 29 en Texas y uno en Virginia .
De manera reiterada he llamado a los legisladores para que revisen, actualicen y adecuen a la realidad dominicana, la ley 136-03, conocida como “el Código del Menor”, ante la gravedad de diversos hechos cometido por menores de edad y este código les proporciona a los infractores una licencia de impunidad para cometer delitos, debido a que ese código lo copiaron de alguna región de Suiza donde las costumbres son muy diferentes a las de los países calientes como República Dominicana.
El código es muy amplio por lo que invito a todos los ciudadanos a buscarlo y leerlo para que se den cuenta que las disposiciones del mismo son para aplicarlo en Suiza, no en el país, ya que dicho código le garantiza un exceso de derecho a los menores que cometan delitos, que terminan los delitos quedando impunes y el menor tranquilo y sin sanción.
Por César Amadeo Peralta