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Juez dicta prisión para implicados en muerte de joven

Santo Domingo (Rep. Dominicana).- Prisión para implicados en muerte de Paula Santana Escalante en Zona Franca de Las Américas, dictó la juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este.

La magistrada Karen Cazado Minyety acogió la solicitud hecha por el fiscal Leonardo Abreu y ordenó que los imputados Joaquín Alexander Hidalgo Marte (Alex) y Alex Elvin Cruz Díaz (Chuki) cumplan tres meses de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de San Pedro Macorís

La solicitud de medida de coerción establece que el jueves 22 de febrero de 2024, alrededor de las 6:14 de la mañana, encontraron el cuerpo sin vida de Santana Escalante, de 23 años de edad, en una de las alcantarillas de la empresa Integer, donde laboraba.

Pruebas testimoniales obtenidas en el proceso de investigación indican que la última vez que la víctima fue vista por otros empleados de dicha empresa fue alrededor de la 1:30 de la madrugada del miércoles 21 de febrero de 2024.

En esos momentos la hoy occisa salió para ir al baño de la nave y que desde entonces no la volvieron a ver y no se presentó a la empresa como de costumbre al día siguiente y fue a través del seguridad de la empresa e imputado Hidalgo Marte que los demás empleados se dan cuenta de que la cartera de la hoy occisa está en su área de trabajo.

La instancia del Ministerio Público precisa que, dadas las circunstancias, informan e inician una búsqueda en los alrededores y se comunican con la familia para confirmar si la habían visto y no es hasta alrededor de las 6:14 del referido día, cuando su cuerpo, semidesnudo, lo encuentran dentro de una de las alcantarillas del drenaje pluvial de la nave, por el equipo en el que andaba su compañero y hoy procesado Alex Elvin Cruz Díaz (Chuki).

Prisión para implicados en muerte

Durante las pesquisas se identificó a Hidalgo Marte y a Cruz Díaz como las personas que en horas de la madrugada del pasado 21 de febrero abusaron y tiraron por la alcantarilla de drenaje a la víctima, además de mencionar los testigos que la noche de la desaparición no estaban en sus puestos de trabajo.

Según se establecido que los imputados, al momento de verificar su ponche de salida de la compañía, lo hicieron mucho más tarde que el resto de sus compañeros y más tarde de lo que acostumbraban a hacerlo de manera habitual.

Además, estableció el Ministerio Público que una prenda de vestir que Cruz Díaz olvidó en el transporte y que llevaba puesta el día de los hechos, tiene manchas de salpicaduras de sangre.

La fiscalía les asignó a los hechos indicados la calificación jurídica provisional de asociación de malhechores, actos de tortura y barbarie, violación sexual, homicidios y robo, hechos tipificados y sancionados por los artículos 265, 266, 303, 331, 379, 381, 295 y 304 del Código Penal Dominicano, cometidos en perjuicio de Santana Escalante y el Estado dominicano.

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