Desde que asumió el poder en enero pasado del presente año, el presidente Donald Trump no ha parado en la firma de órdenes ejecutivas (decretos) como de dirigir la administración de gobierno que se digna en presidir.
Las órdenes ejecutivas abarcan desde la salud, religión, ejercito, deportes, políticas, inmigración hasta el área económica y una de las más controversiales ha sido la de establecer nuevos aranceles con más de cien naciones con las cuales Estados Unidos mantiene una estrecha relación comercial a nivel internacional.
Socios comerciales como Canadá, México, Brasil, Reino Unido, Unión Europea, África, Japón, India, China e inclusive la República Dominicana, entre otras, son víctimas de la aplicación de los aranceles que oscilan entre un 10 y más del 40 por ciento para una serie productos alimenticios y no alimenticios como son el acero y aluminio.
La medida económica ha trastornado los mercados internos en cada una de los países afectados en relación a los mayores precios que tienen que pagar los ciudadanos en cada uno de esos países.
Lo mismo ha ocurrido y ocurre con los estadounidenses quienes en la actualidad tienen que pagar mayores precios por los productos extranjeros que adquieren como alimentos, vestimentas y automóviles. Esto ha provocado un freno de parte de los consumidores norteamericanos en la compra de bienes (una casa) y servicios (turismo).
Para la aplicación de los aranceles, el mandatario Trump se basó en la ley de emergencia nacional de 1977 que establece que los presidentes pueden usarla en caso de una emergencia nacional y eso fue lo que hizo el Poder Ejecutiva declarar una emergencia relacionada a la balanza comercial negativa que mantiene Estados Unidos en el plano internacional.
La Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA, por sus siglas en inglés), promulgada el 28 de diciembre de 1977, otorga al presidente de Estados Unidos la facultad de regular el comercio internacional tras declarar una emergencia nacional.
Firma de órdenes ejecutivas
Esta ley, firmada por el presidente Jimmy Carter, autoriza la imposición de sanciones económicas en respuesta a amenazas inusuales y extraordinarias provenientes del extranjero, pero no faculta la imposición de impuestos.
La ley tampoco establece en ninguna de sus partes afirman los expertos legales no establece que el mandatario norteamericano dispone del poder para imponer y menos negociar aranceles de manera unilateral.
Sin embargo, la orden ejecutiva que está en vigencia desde marzo la declaró y ratificó como ilegal por la Corte de Apelaciones de Estados Unidos en una votación de 7 a favor y 4 en contra de los jueces que la conforman.
La administración Trump tiene hasta el próximo 14 de octubre para apelar la decisión judicial por ante la Suprema Corte de Justicia y en caso no hacerlo, los aranceles quedaran sin efecto y tendrá que devolver según estimados económicos más de 100 mil millones a los demandantes y los consumidores estadounidenses.
La Constitución Estadounidense en su Artículo 1, sección 8 establece que los aranceles son una facultad del Congreso y no del presidente de los Estados Unidos.
Como se puede apreciar, la orden ejecutiva que establece los nuevos aranceles, es una medida que carece de legalidad y que en la revisión que podría realizar la Suprema Corte de Justicia se espera que la ilegalidad sea ratifica por última vez por el alto tribunal de justicia. Es tiempo de esperar.
El autor es periodista, educador y escritor dominicano radicado en el Estado de Nueva Jersey. LO pueden contactar en [email protected]