miércoles, noviembre 6, 2024
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PC llama a Cámara de Cuentas a pedir solo lo que exige la ley

Santo Domingo (Rep. Dominicana).- Participación Ciudadana llamó a la Cámara de Cuentas a corregir exigencias no estipuladas en la ley para los funcionarios realizar su declaración jurada de patrimonio.

La entidad hace referencia a la solicitud de declarar los movimientos de la tarjeta de crédito que no es un requisito para depositar la declaración.

Explica que la ley solo obliga a declarar las tarjetas que posea el funcionario, el límite máximo autorizado y el saldo pendiente a la fecha de la declaración.

“Si la Cámara de Cuentas está exigiendo movimientos de las tarjetas, debería corregir esta exigencia”, dijo.

Indicó que tampoco es obligatorio detallar los viajes al exterior, aunque se requiere depositar una copia del pasaporte, “un requisito común cuando se solicita visa en los consulados de varios países, por lo que no debería ser fuente de conflicto”.

Cámara de Cuentas a corregir exigencias

Expresa que la norma exige la identificación de los hermanos y padres, pero no la del patrimonio de estos familiares, “lo cual sí se exige para el cónyuge o pareja en unión libre si están casados por comunidad de bienes, lo cual es lógico, ya que el funcionario público es copropietario de los activos a nombre de su pareja”.

“No es excusa tener muchos hermanos, ya que solo se solicita su identificación, algo que se presume que cada persona conoce”, dice la organización cívica no partidista.

Participación Ciudadana llama a la Cámara de Cuentas y al director de la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos para que publiquen en la página web de la institución los nombres de los funcionarios públicos que han cumplido con el mandato de la ley, los que lo han hecho fuera de plazo y aquellos que no la han presentado.

“También solicitamos a la Cámara de Cuentas informar a la ciudadanía si se ha cumplido con la obligación legal de enviar los casos correspondientes al Ministerio Público y a los funcionarios encargados de aplicar la sanción de retener el salario hasta el debido cumplimiento, sin renunciar a las acciones penales que prevé la norma en caso de falsedad de la información contenida en la declaración”, apostilla.

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